Órganos de gobierno, competencias y funciones

En cumplimiento con lo dispuesto en:

  • Artículo 6.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Artículos 12.1 y 12.3c) de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón

En este apartado se pueden consultar las competencias y funciones de los Órganos de Gobierno que componen el Ayuntamiento de Broto, tal como se establece en su normativa de aplicación, especialmente en:

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local
  • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
  • Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera
  • Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local
ALCALDE

Es el órgano unipersonal que preside la Corporación, ostenta la máxima representación del Ayuntamiento y dirige la Administración Municipal. De entre sus funciones destaca:

  • Convocar y presidir las sesiones del Pleno, de la Junta de Gobierno Local, de cualesquiera otros órganos municipales cuando así se establezca en disposición legal o reglamentaria, así como decidir los empates con voto de calidad.
  • Dictar bandos, decretos e instrucciones.
  • Nombrar y cesar a los Tenientes de Alcalde y a los Presidentes de los Distritos.
  • El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado.

Alcalde del Ayuntamiento de Broto: Dª María del Carmen Muro Gracia

TENIENTE DE ALCALDE

Son concejales nombrados por el Alcalde y es a ellos a los que les corresponde sustituirlo por orden de su nombramiento, en casos de ausencia, enfermedad e impedimento que imposibiliten al Alcalde para el ejercicio de sus funciones.

Tenientes de Alcalde del Ayuntamiento de Broto: Dª. Begoña Allué Ramón y D. Ángel Felices Ornat

EL PLENO

Es el órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el Gobierno Local. Los plenos se celebran en el Ayuntamiento y es el instrumento empleado para la toma de decisiones de índole municipal. Está integrado por los Concejales y presidido por el Alcalde. Allí se debaten y aprueban decisiones de interés general del municipio. Los plenos pueden ser ordinarios o extraordinarios.

Puede consultar la composición del Pleno del Ayuntamiento de Broto accediendo desde aquí.

CONCEJALÍAS DELEGADAS

Son los niveles esenciales de la organización municipal con funciones de coordinación de las distintas Direcciones Generales u órganos similares integradas en la misma área de gobierno, y de la gestión de los servicios comunes de éstas u otras funciones análogas y las Direcciones Generales u órganos similares que culminen la organización administrativa, sin perjuicio de las atribuciones del Alcalde para determinar el número de cada uno de tales órganos y establecer niveles complementarios inferiores.

A continuación se muestran la Concejalías Delegadas del Ayuntamiento de Broto junto con sus responsables:

CONCEJALÍA DELEGADA RESPONSABLE
Medioambiente, Montes y Ganadería  D. Ángel Felices Ornat
Educación, Cultura, Deportes, Juventud, Asuntos sociales y Turismo Dña. Begoña Allué Ramón
Urbanismo, Obras e Infraestructuras, Personal, Pueblos, Participación Ciudadana y Régimen Interior Dña Carmen Muro Gracia
COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS

La Comisión Especial de Cuentas existe en todos los municipios. Está constituida por miembros de los distintos grupos políticos integrantes de la corporación. A ella se someten a informe las cuentas anuales de la entidad local antes del 1 de junio de cada año. Estas cuentas son objeto de información pública antes de someterse a la aprobación del Pleno, a fin de que puedan formularse contra las mismas reclamaciones, reparos u observaciones. Todo ello sin perjuicio de que pueda denunciarse ante el Tribunal de Cuentas la existencia de irregularidades en la gestión económica y en las cuentas aprobadas.

Puede consultar la composidión de la  Comisión Especial de Cuentas del Ayuntamiento de Broto accediendo aquí.

Comisiones Informativas

Las comisiones pueden ser permanentes o especiales. Están integradas exclusivamente por miembros de la corporación, son órganos sin atribuciones resolutorias que tienen por función el estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno. Pueden ser permanentes con carácter general o comisiones especiales que son las que el pleno acuerda constituir para un asunto concreto.

La Comisión Especial para seguimiento y desarrollo del Plan General de Ordenación Urbana del Ayuntamiento de Broto está formada por un concejal de cada grupo político con voto ponderado.

Última actualización el martes, 18 de junio de 2024 a 14:16